Para la obtención de las titulaciones náuticas de recreo,
además de superar el correspondiente examen teórico,
es necesario aprobar un examen práctico convocado por los organismos
oficiales con competencias al respecto (ver apartado LINKS
de CARENAUTIC.COM). Este examen se puede sustituir por
la realización
de prácticas
de navegación y seguridad, tipificadas para cada titulación.
Las prácticas deberán ser realizadas en
embarcaciones de una escuela u organismo debidamente homologado
o autorizado, de acuerdo con las condiciones que se establezcan
por los órganos
administrativos competentes según BOE núm. 158 de 3 de
julio de 1997 Art. 16 y 17.
En este aspecto la labor de CARENA para con sus alumnos consiste
en gestionar con las mencionadas escuelas homologadas la realización
de las prácticas, facilitando todos los trámites de
matriculación, convocatorias, documentación a aportar
por el alumno, ....etc.
El establecimiento de fechas y las condiciones de realización
de estas prácticas no son responsabilidad de CARENA, siendo
dichas escuelas las directamente responsables de la organización
de aquellas. CARENA sin embargo, mantendrá un exhaustivo seguimiento
informativo de la evolución en todas las fases del proceso,
desde la inscripción en la escuela de navegación, hasta
la expedición por parte de la misma del certificado que acredite
la realización por parte del alumno de las correspondientes
prácticas, posibilitando la obtención de la titulación
deseada.
OBSERVACIONES
Para los títulos de Patrón de Moto Náutica,
CARENA no dispone de este servicio de apoyo en la realización
de las prácticas. Para paliar esta carencia, desde el apartado
de LINKS de esta web se puede acceder a todos los Organismos Oficiales
por Comunidades Autónomas, para que nuestros alumnos puedan
dirigirse a ellos y soliciten información relativa a los lugares
donde realizar el examen práctico o las prácticas equivalentes.
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